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Respuesta del Grupo ETC a la solicitud de información del Secretariado del Convenio de Diversidad Biológica sobre Biología Sintética
Texto enviado el 7 de mayo de 2015
(i) Cómo enfocar la relación entre biología sintética y diversidad biológica;
(ii) Similitudes y diferencias entre los organismos vivos modificados (como los define el Protocolo de Cartagena) y los organismos, componentes y productos derivados de las técnicas de biología sintética;
(iii) Adecuación de los instrumentos existentes nacionales, regionales y/o internacionales para regular los organismos, componentes o productos derivados de las técnicas de biología sintética;
(iv) Una definición operativa de la biología sintética, que incluya criterios de inclusión y exclusión;
(v) Beneficios y riesgos potenciales de organismos, componentes y productos derivados de las técnicas de biología sintética para la conservación y uso sostenible de la biodiversidad y relacionados con la salud humana y los impactos socioeconómicos relevantes para el mandato del Convenio y sus Protocolos;
(vi) Las mejores prácticas sobre evaluación de riesgo y los regímenes de monitoreo que actualmente utilizan las partes al Convenio sobre Diversidad Biológica y otros gobiernos, incluyendo el movimiento transfronterizo, para informar quienes no cuentan con un sistema nacional de evaluación de riesgos o regímenes de monitoreo, o están en el proceso de revisar sus actuales sistemas de evaluación y supervisión.
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